sábado, 20 de febrero de 2021

09 DE FEBRERO: DECIMOCUARTA AUDIENCIA

 EL CÓNDOR QUEDA

Otra audiencia con testigo de concepto en el juicio por los CCD de las Brigadas de Investigaciones del conurbano bonaerense. Esta vez se escuchó el testimonio de Stella Calloni, periodista de internacionales y especialista en el denominado “Plan Cóndor”, la coordinación represiva de las dictaduras del cono sur latinoamericano que tuvo aquí un capítulo particular en los CCD “Pozo de Banfield” y “Pozo de Quilmes”, donde fueron confinados militantes revolucionarios de varias nacionalidades como parte de aquella avanzada represiva . Aportamos una reflexión sobre cómo condenar semejante plan criminal y sobre cómo el Estado se hace cargo jurídicamente de los crímenes que cometió su aparato represivo.

 

Por HIJOS La Plata

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LA COORDINACIÓN CRIMINAL

La audiencia del 9 de febrero giró alrededor del testimonio de STELLA CALLONI, periodista y escritora entrerriana, especialista en política internacional que en su vasta carrera ha publicado en la revista “Cristianismo y Revolución”, cubrió las elecciones chilenas de 1970, se exilió en México durante la dictadura argentina y allí colaboró entre otros en la Red Voltaire y La Jornada. Sus trabajos centrales de investigación sobre las dictaduras latinoamericanas son “Los años del lobo: la Operación Cóndor” de1999, “Operación Cóndor, pacto criminal” de 2006 y” Operación Cóndor, 40 años después” de 2009.

Calloni empezó definiendo a la “Operación Cóndor”, tal el nombre que le dieron los represores, como una operación contrainsurgente criminal coordinada entre las dictaduras de Argentina, Brasil, Chile, Uruguay, Paraguay y Bolivia, orquestada por Estados Unidos en el contexto de la llamada Doctrina de Seguridad Nacional, es decir el paquete de acciones de política exterior de Estados Unidos para alentar a las fuerzas armadas de los países latinoamericanos a acomodar sus estructuras para combatir el comunismo. El objetivo central fue eliminar a los militantes que “era una operación muy elitista que se dirigía a grandes dirigentes políticos que estaban denunciando en el exterior a las dictaduras latinoamericanas”, señaló Calloni. La periodista afirmó que fue decisivo el impulso que los norteamericanos dieron a la operación aportando su experiencia en inteligencia y en la conformación de centros clandestinos de detención y la dinámica de traslado de detenidos como parte de la “Operación Fénix” desarrollada en Vietnam, y que la centralidad en el cono sur la ocupó Chile, que a través de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) conducida por el genocida Manuel Contreras fue quien coordinó e invitó a la primera reunión de coordinación en Santiago en noviembre de 1975. Aquí reproducimos el programa de aquella primera reunión de trabajo, donde se detallan los fundamentos de lo que los represores definen como una “Guerra Psicopolítica”, y donde Chile propone un sistema de coordinación, una mecánica de consulta entre los países miembros, la creación de una base de datos supranacional (denominada Condortel) operable desde un sistema de comunicaciones moderno y ágil.

 



Así lo confirma un memo de la embajada norteamericana de  septiembre del ’76 que aquí reproducimos y que dice que la Operación Cóndor “es el nombre en código otorgado a la tarea de recolección de información sobre ‘izquierdistas’, Comunista y Marxistas en el área del Cono Sur. Fue recientemente establecido como una cooperación entre los servicios de inteligencia para eliminar a los activistas Marxistas en los países miembros, con Chile como centro de las operaciones. Otros miembros participantes son Argentina, Paraguay, Uruguay y Bolivia. Además aparentemente Brasil ha accedido a aportar inteligencia para la Operación Cóndor. Los miembros que mostraron mayor entusiasmo para reunirse fueron Argentina, Uruguay y Chile. Esos tres países se han comprometido a realizar operaciones conjuntas, sobre todo en Argentina, contra elementos terroristas”.

 



La periodista agregó que “era una operación absolutamente ilegal, que borró la fronteras, no acudió nunca a la justicia con extradiciones, sino con traslados y ejecuciones, y era tan cerrada que sólo algunos agentes conocían los detalles, y ya desde el ’75 había cables codificados que llegaban a las embajadas con detalles de esas operaciones, por eso muchas de las cancillerías tienen que tener esos cables entre país y país”.

Calloni destacó el hecho de que al momento de aquella reunión del año ’75 en Argentina aún había un gobierno constitucional, lo cual, decimos, no fue impedimento para sumarse plenamente a los objetivos del Cóndor, ya que el tercer gobierno peronista venía practicando la represión política interna por los menos desde septiembre de 1973 y la sistematizó desde el Operativo Independencia en 1975. De hecho, varios casos de este debate y de otros ya celebrados en la justicia federal platense confirman que el Cóndor empezó a operar en Argentina antes del 24 de marzo del ’76. De hecho, al haber estado instaladas varias dictaduras en Chile, Brasil, Uruguay y Paraguay, existió lo que Calloni denomina el “Pre-Cóndor”, constatable en la entrega de prisioneros a su país de origen desde 1973 y la realización de operaciones de secuestros y asesinatos por comandos extranjeros con vía libre en los países miembros, como la llamada “Operación Colombo”, la operación de manipulación de la opinión pública realizada por la DINA y agentes argentinos y brasileros para encubrir la desaparición de 119 militantes revolucionarios como caídos en enfrentamientos, y el homicidio del general chileno Carlos Prats y su esposa en Buenos Aires en septiembre de 1974, ejecutado por agentes de la DINA, de la SIDE argentina y de la Triple A con una bomba operada por radio colocada en su auto.

Según Calloni la Operación Cóndor tuvo tres fases de ejecución: la ubicación y seguimiento activo de las víctimas, el plan de acción (secuestro, traslado, interrogatorio y entrega de las víctimas), y ataques específicos implementados por comandos de los distintos países a través de grupos especiales, los que podían viajar hacia cualquier parte del mundo para llevarlas a cabo. También reproducimos aquí un reporte de la inteligencia norteamericana de octubre del ’75 que confirma la existencia de fases de organización de las operaciones del Cóndor.

 



La especialista mencionó también la importante participación en el Cóndor que tuvo Paraguay, que vivía bajo la dictadura de Alfredo Stroessner desde la década del ’50 y Brasil, según Calloni considerada “la primera dictadura de la Doctrina de Seguridad Nacional, impuesta en 1964”. Mostramos aquí un reporte de la inteligencia norteamericana de agosto de 1978 que destaca que para fines del ’77 ya se habían incorporado a la operación Ecuador y Perú, y que para esa época Brasil venía pugnando por controlar al grupo de países miembros, lo que generó la resistencia del resto.

 



La testigo destacó que ya instalado el Cóndor en el año’ 76 se produjeron en Argentina importantes operaciones que fueron verdaderos magnicidios, como los del general boliviano y presidente derrocado en 1971 Juan José Torres, ocurrido en junio de aquel año, y el del depuesto presidente brasilero Joao Goulart, envenenado con gas sarín de la DINA en Corrientes en diciembre del ’76. Además reflexionó que “en Argentina funcionaron varios Centros Clandestinos de Detención específicamente para Cóndor, como fue el caso de Automotores Orletti, que fue una de las centrales en el primer momento de la operación. En el año ’76. Hoy sabemos que varios secuestrados uruguayos fueron llevados en aviones a su país y asesinados por pedidos específicos dentro de la Operación Cóndor. Están las listas de detenidos confeccionadas para lo que se llamó ‘Juico Plan Cóndor’ en nuestro país con cerca de 800 nombres certificados. Por eso les digo que no cualquier caso es Cóndor, sino que están certificados los casos que eran pedidos directos de un país a otro”.

Consultada por la coordinación operativa y de inteligencia entre Argentina y Uruguay respecto a varios casos de desaparecidos uruguayos que forman parte de este debate por haber pasado por las Brigadas de Investigaciones Banfield y Quilmes, la testigo afirmó que “donde hubo prisioneros de Cóndor estuvieron presentes los militares uruguayos, tanto en Orletti, como en la Brigada de San Justo y en el Pozo de Banfield. El caso más conocido es el del represor José ‘Nino’ Gavazzo, pero está totalmente comprobada la presencia del grupo de tareas de militares uruguayos en esos CCD de Argentina. Esto está comprobado y hasta admitido por algunos de los represores, porque no han podido negarlo. Y está saliendo mucha información nueva que se está revisando en Uruguay, Italia está pidiendo la extradición de varios militares uruguayos, por eso digo que el Cóndor va siendo como una especie de muñeca rusa donde uno va sacando una capa y va apareciendo la otra. Sólo se ha descubierto una parte de Cóndor, otra parte todavía está dormida”.

Respecto a niños y niñas apropiados en el marco del Cóndor, la testigo recordó los casos de Simón Riquelo, de Mariana Zaffaroni Islas, de los hermanos Anatole y Victoria Julien Grisonas y de Macarena Gelman, en lo que afirmó “denominamos ‘los niños del Cóndor’ y que fue parte del Plan Sistemático de apropiación de niños que se dio en toda Latinoamérica.

Reproducimos aquí un informe del Batallón de Inteligencia 601 de septiembre del ’76 donde se  deja constancia de la entrega del matrimonio uruguayo Jorge Zaffaroni- María Emilia Islas Gatti, secuestrados en Buenos Aires el 27 de septiembre del ’76 y visto en Automotores Orletti, al Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOAS) uruguayo. La hija del matrimonio, Mariana, fue apropiada por el agente de inteligencia del Ejército Miguel Ángel Furci, localizada en 1983 y su identidad restituida en 1993. EL matrimonio continúa desaparecido, Islas Gatti estaba embarazada y su hijo/a permanece desaparecido/a. El informe revela que información proveniente del exterior (probablemente de la inteligencia uruguaya) determina a la SIDE a solicitar el 18 de Septiembre que se capture a los Zaffaroni. El Batallón 601 luego registra que la operación se llevó a cabo el 27 o el 29 de Septiembre, y ha sido "exitosa".

 



Calloni concluyó aclarando que “si bien no podemos marcar una fecha exacta de la finalización de la Operación Cóndor, que en Chile comenzó antes y duró más tiempo, con el fin de las dictaduras se fue acabando esta operación que sirvió para asesinar a las dirigencias políticas y guerrilleras”. Y agrego que “los casos de la Brigada de San Justo y los Pozos de Banfield y Quilmes son uno de los testimonios más fuertes de lo que fue la Operación Cóndor. Creo que se necesita urgente la justicia para las víctimas porque ha pasado demasiado tiempo. A veces se centró mucho la investigación sobre Orletti y se dejó relegado lo que sucedió en esos otros centros clandestinos”.

En los últimos 30 años se han recuperado y difundido muchos documentos oficiales de embajadas, cancillerías y de los propios órganos de inteligencia de los países miembros sobre el Operativo Cóndor. Calloni recordó el descubrimiento en 1992 de una gran cantidad de archivos sobre la represión desarrollada en Paraguay bajo la dictadura de Stroessner, conocidos como “Archivos del Horror”, entre los que se encontró una importante cantidad de información sobre el Operativo Cóndor, entre ellos el acta de fundación y despachos de la “Red Cóndor” de seguimiento y ejecución de blancos. Destacó que en base a esos documentos se pudo aportar a los procesos de juzgamiento del Cóndor realizados en Italia, España e Italia y que “Argentina está a la cabeza en impedir la impunidad de estos crímenes”.

Una importante cantidad de documentos referidos al Cóndor han sido publicados por la National Security Archive, una fundación privada norteamericana que ha creado un fondo archivístico la información desclasificada desde 2006 por el gobierno norteamericano como parte del Acta de Libertad de Información (FOIA por sus siglas en inglés). En la sección "documentos desclasificados críticos" (critical declassified records) se pueden ver temas correspondientes a América Latina en la página d la Universidad George Washington.

En castellano https://nsarchive2.gwu.edu/NSAEBB/NSAEBB239b/index.htm

En Inglés https://nsarchive.gwu.edu/events/operation-condor-1968-1989

 

EL CÓNDOR EN EL CONURBANO BONAERENSE

Como dijo Stella Calloni en su testimonio la participación de represores locales en coordinación con agentes de otros países en operaciones locales y en el exterior está completamente probada. Por los CCD “Pozo de Banfield, “Pozo de Quilmes” y Brigada de Investigaciones de San justo pasaron represores pertenecientes a la Policía, la Fuerza Aérea y el Ejército uruguayos integrantes del OCOAS.  Los secuestrados de esta nacionalidad eran alojados alternativamente entre ambos pozos y salvajemente torturados. La prueba de ello es la enorme cantidad de personas de esa nacionalidad que por esos campos pasaron. Un trabajo de investigación realizado en Uruguay, pone en evidencia el accionar conjunto de las fuerzas represivas de ambos países (La República 14/12/2006, Brecha N°1099). Cinco personas quienes fueron detenidos en Buenos Aires en diciembre de 1977 y figuran hoy como desaparecidos en Argentina, en realidad habrían sido trasladados a Montevideo a principios de 1978 y torturados en "La Tablada", un centro clandestino de detención en Uruguay, donde fueron vistos por un ciudadano uruguayo secuestrado y desde esa fecha permanecen desaparecidos. Los uruguayos Carlos Federico Cabezudo Pérez, Célica Elida Gómez Rosano, Eduardo Gallo Castro, Juvelino Andrés Carneiro Da Fontoura, Miguel Ángel Ríos Casas, y la argentina Carolina Barrientos Sagastibelza, fueron las víctimas del traslado que, probablemente por mar o fletando aviones de la ESMA, coordinaron militares de Argentina y Uruguay. A partir de 1977 oficiales de inteligencia de la marina uruguaya, en especial del Fusna (Fusileros Navales) y de la Prefectura Nacional Naval, sustituyeron a los comandos del Ejército en la coordinación con los aparatos represivos argentinos, en particular con personal de la ESMA, el comando de 1er cuerpo de Ejército y la Prefectura Naval. La causa judicial que radica en Uruguay (Causa 98-247/2006 caratulada “GAVAZZO, Jóse Nino y ARAB, José Ricardo – Un delito de privación de Libertad”) muestra que varios prisioneros de esa nacionalidad fueron trasladados algunos del Pozo de Banfield y/o de Quilmes a Uruguay.

 



En el CCD “Automotores Orletti” al menos 30 personas uruguayas estuvieron secuestradas, algunas desaparecidas, otras trasladadas al Uruguay. En los Pozos de Banfield y Quilmes pasaron al menos 35 detenidos uruguayos y la familia Logares Grinspon. Respecto a ciudadanos chilenos, se registran los casos de Héctor Parra Pizarro, Marcos Alegría, Rodolfo González y Alinson Martínez Galvez, todos ellos en el “Pozo de Banfield”, y de María Eliana Acosta Velasco en el “Pozo de Quilmes”. Los ciudadanos paraguayos que pasaron por Quilmes son Martina Espinoza Robles y Santiago Servín Benitez, y por Banfield Isabel Ibarra de Haley. Se agrega el ciudadano cubano Juan Palli Díaz, recluido por una semana en el “Pozo de Banfield” en abril del ’77.

En el debate por los crímenes cometidos en la Brigada de Investigaciones de San Justo, llegado a veredicto en diciembre de 2020, la actuación del Cóndor en ese CCD de La Matanza quedó demostrada respecto de los casos del matrimonio Moyano-Artigas y la familia Logares-Grinspon, así como en relación a un grupo de más de 26 militantes de las organizaciones que conformaban la Junta Coordinadora Revolucionaria (JCR) y que estuvieron privadas de su libertad ilegalmente en ese CCD antes del golpe del ‘76 como parte del Cóndor.

En ese juicio testimonió María Victoria Moyano Artigas, nieta restituida e hija de los detenidos desaparecidos Alfredo Moyano y María Asunción Artigas, que relató la militancia de sus padres en Uruguay y la persecución que sufrieron. Dijo que el seguimiento de la familia Artigas lo hacía personalmente José "Nino" Gavazzo Pereira, integrante del Servicio de Información y Defensa (SID) del Ejército uruguayo que estuvo al frente de Automotores Orletti y es responsable directo, entre otros crímenes de lesa humanidad, de la desaparición forzada de 140 uruguayos en la Argentina. Moyano relató los dos secuestros que sufrieron sus padres. El primero fue en marzo o abril del ’75 y el segundo y definitivo en diciembre del ’77. En ambos casos fueron detenidos por agentes de La Bonaerense e interrogados por personal de inteligencia uruguayo. Ese accionar conjunto de fuerzas de seguridad argentina y de inteligencia uruguaya está documentado en información desclasificada del Estado uruguayo, entre ellos el Memorandum I-09 del ’75. Tras la caída del ’77 los Moyano-Artigas fueron llevados al  “Cot I” de Martínez, luego en la Brigada de San Justo, luego en el “Pozo de Quilmes” y al “Pozo de Banfield”. Moyano afirmó que este segundo hecho lo vincula a otro accionar represivo conjunto: esta vez tras la caída en noviembre del ’77 del dirigente montonero Oscar De Gregorio en Montevideo con una cédula de identidad falsa. Ello generó una coordinación entre efectivos de inteligencia uruguaya y agentes de la ESMA argentina que viajaron a Uruguay y desencadenaron unos 50 operativos contra militantes GAU en Montevideo. La persecución hacia esta organización continuó en Argentina para liquidarla por su relación con Montoneros, en lo que dieron a llamar “Operativo Montonero”.

Además en el juicio por los hechos de San Justo declaró Elsa Pavón, madre de Sofía Grinspon y suegra de Claudio Logares, ambos detenidos desaparecidos en el marco del Plan Cóndor que pasaron por la Brigada de San Justo y por el Pozo de Banfield; y a su vez abuela de Paula Eva Logares, apropiada desde allí por el subcomisario Rubén Luis Lavallén. La familia completa, incluida la niña de 23 meses, fue secuestrada en Parque Rodó el 18 de mayo de 1976 y traída a Argentina. “En Uruguay lo primero que hice fue separar la búsqueda de la nena de la de los adultos. Buscamos en hospitales, comisarías, orfanatos, casa cuna, escuelas de niños sin padres, etc”, dijo Pavón. Pero se tuvo que volver sin noticias firmes. En realidad los Logares-Grinspon habían sido trasladados inmediatamente de Montevideo a La Matanza, a la Brigada de San Justo. Claudio y Sofía estuvieron allí hasta mediados de junio del ’78 y fueron trasladados al “Pozo de Banfield”.

 



Además en el juicio San Justo declaró la sobreviviente Elba Balestri, que estuvo casi un mes recluida en la Brigada de San Justo tras ser secuestrada el 4 de abril de 1975 en casa de una compañera en Morón. La testigo relató que por entonces estaba embarazada y con su compañero militaban en el Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT). El 4 de abril del ’75 fue por la mañana a la casa de su compañera Ema Lucero en Morón, junto con el militante Sergio Pra. Al llegar al lugar fueron sorprendidos por un operativo de hombres de civil armados que los secuestraron a todos. Elba dijo que los trasladaron a la Brigada de San Justo donde sufrió interrogatorios y tortura con picana eléctrica. Los represores insistían en buscar militantes uruguayos. “¡Vos sos uruguaya!”, le decían. Además Balestri notó que los interrogadores no tenían acento porteño, y uno se acercó en un momento y dijo “Esta no es nuestra”. A partir de allí la tortura la continuaron otros represores propios del lugar. Luego se encontró en el CCD con Ema Lucero y juntas pudieron hacer el recuento de las personas detenidas y dedujeron que había habido varios operativos entre fines de marzo y comienzos de abril en Morón, La Matanza, San Martín, Ciudadela e Ituzaingó, que había un grupo de una veintena de uruguayos secuestrados y que Elba, Pra, Lucero y Ramón Merani, todos argentinos, habían sido los últimos en caer. La cadena de caídas se había iniciado en Uruguay con la detención en Paysandú de un militante del MLN Tupamaros  que tenía su esposa y su hermana viviendo en San Justo. Por eso en los interrogatorios y torturas de todo este grupo de detenidos participaron agentes uruguayos, entre los cuales se identificó al “Nino” Gavazzo.  La mayoría de estas personas fue luego blanqueada como detenidos legales y liberados. Reflexionando sobre aquellos sucesos, la testigo Balestri dijo que “no tengo dudas de que la Brigada de San Justo se utilizó para prácticas ilegales del Terrorismo de Estado que se desarrollaban como implementación del ‘Plan Cóndor’. Sobre estos hechos nunca se investigó nada. La impunidad sobre estos hechos alienta que vuelvan a repetirse. Eso fue en San Justo en el año ’75 y quedó claro el ’76 el uso de esos lugares oficiales como centro clandestino”.

 

CÓMO CONDENAR AL CÓNDOR

El Cóndor ha recibido varias sentencias judiciales. A razón de verdad tanto el Tribunal de Roma como aquí en Argentina la justicia ha reconocido el funcionamiento del “Plan Cóndor” en los países del Cono Sur. En mayo de 2016 el TOF 1 de Caba, integrado por los jueces Oscar Ricardo Amirante, Adrián Federico Grünberg y Pablo Gustavo Laufer, y con actuación como juez sustituto quien preside este debate, Ricardo Basílico, condenó a 14 represores argentinos y 1 uruguayo –y absolvió a otros 2- por delitos cometidos en el marco del Plan Cóndor. La acusación fiscal imputó los delitos de 109 casos de secuestros, torturas de militantes argentinos, chilenos, uruguayos, paraguayos, bolivianos y peruanos, y por asociación ilícita. Además en la imputación se hizo un desarrollo de la infraestructura operativa (zonas y subzonas), y de los binomios de responsabilidades país-país que incluían cada caso o grupos de casos.

La fiscalía aseguró en su alegato que “por sobre las estructuras operativas propias de cada país, se establecieron redes de inteligencia e intercambio de información, determinaron protocolos comunes de actuación” y que “se realizaron operaciones conjuntas y establecieron circuitos entre los centros clandestinos de detención de las jurisdicciones participantes, andamiaje éste puesto al servicio del secuestro, tortura y desaparición de personas allende las fronteras”. Agregó el ministerio público que “el acuerdo criminal comprendió también la formación de equipos especiales enviados a otros países - incluso ajenos a sus miembros, como por ejemplo Francia, Portugal y Estados Unidos a fin de localizar personas y privarlas de su libertad” y que la banda criminal tuvo “operatividad real, división de funciones y roles, articulación formal e informal, organización militar, zonificaciones celulares integradas, dirección y apoyo de funcionarios públicos, disposición de armas y poder ofensivo propios del aparato de guerra, con participación de oficiales

y suboficiales de diferentes fuerzas armadas y de seguridad de los países miembros, abarcando más de una jurisdicción –local e internacional– y planes criminales indeterminados”.

De hecho el gran despliegue operacional del Cóndor en nuestro país se vio reflejado en el hecho de que entre los sentenciados en aquel debate de 2016 estuvieron altos mandos militares como los jefes de varios Comandos de Zona y Subzona, de sus destacamento de Inteligencia, regimientos, brigadas de infantería, grupos de artillería, y CCD, el jefe de la Fuerza de tareas  3.4 de la Armada, y el integrante del Ejército uruguayo Manuel Cordero Piacentini.

 



En aquel debate de 2016 fueron condenados 2 imputados en este debate e integrantes de la Subzona represiva 11, el jefe del Batallón de Arsenales 601, Eduardo Samuel De Lío, condenado por el secuestro y torturas del militante uruguayo Ary Héctor Severo Barreto, secuestrado en abril del ’78 en San Isidro, llevado al “Pozo de Quilmes” y desaparecido., y el jefe del Regimiento de Infantería Mecanizada 3 Federico Antonio Minicucci, sentenciado por asociación ilícita y absuelto por el caso del militante uruguayo del grupo de Acción Unificadora Raúl Edgardo Borelli Catáneo, que pese a ser secuestrado en Lanús en diciembre del ’77  y llevado al “COT 1 de Martínez” y luego a los CCD “Pozo de Banfield” y “Pozo de Quilmes”, no alcanzó para condenar a Minicucci porque este habría dejado el cargo 12 días antes de la desaparición del militante.

Sin embargo en el desarrollo de la acusación el fiscal Ouviña aseveró que la asociación ilícita dedicada a la desaparición forzada de personas “tuvo su génesis en las dictaduras militares que durante la década del setenta del siglo pasado desalojaron por la fuerza a los gobiernos democráticos de algunos países de América del Sur, conservando el poder mediante la eliminación sistemática de opositores políticos, práctica que se extendió luego a otras finalidades y víctimas”. Se olvida Ouviña de las víctimas argentinas, uruguayas y chilenas del Cóndor en las brigadas de La Bonaerense en los años ’74 y ’75, en pleno gobierno “constitucional”. Pero además el planteo remite a un problema mayor: ¿Cómo condenar al Cóndor? Queda clara la línea con la cual el Ministerio Público concibe los crímenes del Cóndor, por asumir una posición ante la definición política que exige la apelación al delito de asociación ilícita internacional (en lo estricto art 210 del CP) para acusar y condenar un plan criminal supranacional que, en todo caso, no deja de representar la acción de uno o más Estados en la acción genocida.

Recordemos que el artículo 210 en el Código es: “Será reprimido con prisión o reclusión de tres (3) a diez (10) años, el que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinadas a cometer delitos por el solo hecho de ser miembros de esa asociación. Para los jefes u organizadores de la asociación el mínimo de la pena será de cinco (5) años de prisión o reclusión”.

Y el 210 bis agrega: “Se impondrá reclusión o prisión de cinco (5) a veinte (20) años al que tomare parte, cooperare o ayudare a la formación o al mantenimiento de una asociación ilícita destinada a cometer delitos cuando la acción contribuya a poner en peligro la vigencia de la Constitución Nacional, siempre que ella reúna dos de las siguientes características; a) Estar integrada por diez o más individuos; b) Poseer una organización militar o de tipo militar, c) Tener estructura celular; d) Disponer de armas de guerra o explosivos de gran poder ofensivo; e) Operar en más de una de las jurisdicciones políticas del país; f) Estar compuesta por uno o más oficiales o suboficiales de las fuerzas armadas o de seguridad; g) Tener notorias conexiones con otras organizaciones similares existentes en el país o en el exterior; h) Recibir algún apoyo, ayuda o dirección de funcionarios públicos”.

La responsabilidad estatal en la comisión del delito, si conforman la asociación integrantes de fuerzas armadas o de seguridad o reciben apoyo de funcionario público, está igualada en las agravantes del artículo 210 bis a la asociación ilícita para la que realmente se pensó  el artículo. Es más, en el alegato del Juicio “Cóndor-Orletti” la propia fiscalía reconoció que si bien a la “asociación organizada y estable de coordinación regional” llamada Operación Cóndor le cabe la asociación ilícita, los agravantes no estaban vigentes al momento de la comisión de los hechos, con lo cual “la conducta de los imputados debe ser subsumida bajo las previsiones del art.210 del C.P., vigente entonces y vigente ahora”. Ello significa que se condenó sin aplicar agravantes y sin reconocer la gravedad específica de la intervención de agentes del Estado en la asociación criminal. En el caso del expediente “Plan Cóndor –Orletti” se instruyó una causa pensada en principio para los jefes de mando, sobre los cuales no había dudas respecto a la atribución de responsabilidad inmediata, y si bien hubo mandos medios o subalternos condenados, no lo fueron exclusivamente con la fórmula de “Asociación Ilícita en el marco del denominado plan Cóndor”, sino también o alternativamente por las privaciones ilegales de la libertad y los tormentos de las 109 víctimas de la causa. De hecho a Furci lo condenaron a 25 años secuestros y torturas sin aplicar el 210, a Minicucci a 8 años sólo por el 210,  y  a Carlos Tragant y Juan Avelino Rodríguez los absolvieron del 210 y los secuestros. Lo que se dice una  verdadera lotería.

Si bien la formulación de la figura está presente en el código penal desde 1921, la formulación hoy vigente de los agravantes aparece con la Ley 23.077, sancionada en agosto del ‘84. Tengamos en cuenta lo que significaba en 1984 reglamentar que se va a reprimir al “que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinadas a cometer delitos por el solo hecho de ser miembros de esa asociación”. Claramente el tipo penal no está pensado originalmente para perseguir genocidios, delitos económicos de gran escala o de guante blanco, sino que se hizo como plafón de la democracia alfonsinista para que a ningún sector contra-hegemónico se le ocurra volver a levantar la cabeza por el lado de la coerción. Además ha sido utilizado para perseguir a ciertas organizaciones populares que, más allá de coincidir o no con sus acciones, sufrieron un proceso penal ambiguo amparado en esa concepción restrictiva del delito contra el “orden público”. Desde quienes conformamos una querella popular contra el Estado argentino, denunciando el funcionamiento de aparato represivo en todos sus modos (operaciones-inteligencia-aquiescencia), nos es más coherente recorrer otros caminos para buscar la condena del Terrorismo de Estado. Y esa es la figura del delito internacional de Genocidio, cuya convención firmo nuestro país en 1956, y que sanciona la eliminación de un grupo nacional determinado específicamente por los represores, en este caso por una asociación de Estados que definían a su enemigo, como figura en el acta fundacional del Cóndor y en otros documentos, como “miembros de la J.C.R.”, “izquierdistas”, “comunistas”, “terroristas” o “marxistas”.

El debate queda para una instancia posterior de este juicio, en el que además hasta ahora no hay acusación por asociación ilícita, pero no deja de alumbrar las problemáticas complejas que conlleva el proceso de las causas contra los genocidas y la necesidad de adoptar posiciones críticas sobre cómo el Estado se hace cargo jurídicamente de los crímenes que cometió su aparato represivo.

 

El juicio continúa el 23 de febrero con el testimonio de los ex detenidos desaparecidos del “Pozo de Banfield” Jorge Nadal, Luis Alberto Messa y Lucía Deón. Se puede seguir en vivo todos los martes por la mañana por los canales youtube del CIJ y del Tribunal Oral Federal 1 de La Plata.






lunes, 8 de febrero de 2021

02 DE FEBRERO: TRECEAVA AUDIENCIA

 LA BASE DEL GENOCIDIO

En una nueva audiencia del juicio por los CCD de las Brigadas de Investigaciones del conurbano bonaerense se escuchó el testimonio de concepto de Stella Segado, especialista en archivos de las Fuerzas Armadas y ex funcionaria de área de Derechos Humanos del Ministerio de Defensa. La estructura del Sistema Nacional de Inteligencia, sus reglamentos, misiones y funciones quedó evidenciada en una exposición ampliamente documentada. El aparato de Inteligencia, que ha sido definido por los propios jerarcas militares como la base del genocidio, apenas ha sido revisado y juzgado en nuestra zona. 


Por HIJOS La Plata

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INTELIGENCIA PARA LA REPRESIÓN

La audiencia del 2 de febrero se centró en la testimonial de STELLA SEGADO, licenciada en Gestión de Políticas Públicas, especializada en archivos de Derechos Humanos en la Universidad de Barcelona, quien ha trabajado con los archivos de Conadep en el área de políticas reparatorias de la entonces Subsecretaría de DDHH de Nación desde 2001, en 2007 pasó a coordinar ese fondo documental como parte del Archivo Nacional de la Memoria, y fue entre 2011-2015 titular de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Defensa en la anterior gestión de Agustín Rossi, que implementó el llamado SAD (Sistema de Archivos de la Defensa), plataforma también conocida como “Archivos Abiertos”.   https://www.argentina.gob.ar/defensa/archivos-abiertos/sistema-de-archivos-de-la-defensa

Segado comenzó explicando que sus estudios se han especializado en lo referido al CCD Campo de Mayo, esto es la estructura represiva de la Zona 4 del Ejército Argentino – siendo que en este juicio se analiza la Zona 1, Subzona 11 y Áreas 111 a 113 -, pero que su experiencia en el cotejo de archivos le permiten interpretar documentos para aportar a este debate ya que las misiones, funciones y la estructura de la fuerza fue la misma en todo el país. Agregó que su exposición está basada en documentos oficiales, tanto reglamentos como leyes y decretos que definieron la organización de la fuerza hace 40 años, y que su aporte es explicar la organización del Sistema Nacional de Inteligencia y mostrar cómo el Ciclo de Inteligencia forma parte de toda la estructura de la fuerza.

En principio anunció que  haría una explicación de lo general a lo particular y definió al Sistema Nacional de Inteligencia (SNI) como una estructura compleja en la cual cada una de sus partes constitutivas tiene contacto al manos con otra de ellas, esto es, un contacto de 1 a 1 entre los distintos órganos que define toda la burocracia del área.  

Explicó que en la década del ’70 el SNI estaba conformado por una Central Nacional de Inteligencia (CNI), integrado por la SIDE, las jefaturas de Inteligencia de las 3 Fuerzas Armadas y del Estado Mayor Conjunto y las áreas de inteligencia de las fuerzas federales y de las policías provinciales, todos estos órganos vinculados funcional y permanentemente que producían material para la CNI y cuya función era producir Inteligencia Estratégica Nacional con carácter de oportuna, estratégica y esclarecida para la toma de decisiones estratégicas.  A ese conjunto de órganos se denomina Comunidad Informativa (CI). Existía entonces un Ciclo de Inteligencia que consistía en una secuencia de actividades de formulación de Inteligencia divida en etapas, en un proceso no necesariamente lineal. Esa secuencia implicaba las fases de Planificación, Reunión de Información, su Procesamiento, su Interpretación y Elaboración como Inteligencia y su Difusión.

Segado aclaró que la Información no es Inteligencia, ya que los datos, ciertos o no, pasaban por un proceso de análisis, chequeo y valoración para poder ser considerados Inteligencia.

Según al especialista la Planificación implicaba la existencia de una orden de batalla, donde se avaluaban las “capacidades y debilidades del enemigo” (nótese el lenguaje típicamente castrense) y donde había Elementos Esenciales de Inteligencia (EEI), preguntas básicas sobre el “oponente” y los denominados Otros Requerimientos de Inteligencia (ORI), esto es, otras preguntas que se derivan de los EEI.

Como ejemplo Segado mostró la Orden de Operaciones 9/77 llamada “Continuación de la ofensiva sobre la subversión”, un documento de 700 fojas emitido en junio de aquel año por el Estado Mayor del Ejército y firmado por el jefe del Comando del 1er Cuerpo de Ejército, Carlos Guillermo Suarez Mason . En su anexo 3, dedicado a las tareas de Inteligencia, figuran como EEI varias preguntas referidas a  la capacidad de la Organizaciones Político Militares (OPM) de influir en las acciones de gobierno y el apoyo que aquellas tuvieran, mientras los ORI se orientan al apoyo desde el exterior que tuvieran las OPM. En el documento se disponía poner especial atención a la organización Montoneros y a los sectores obreros y estudiantiles. “La orden implicaba ordenar a los responsables de la Zona 1 que salgan a buscar esa información” afirmó Segado. 

Respecto a la Reunión de información, explicó que se realizaba a través de diversas Fuentes, entendidas como personas, cosas, medio social, tanto “abiertas” (públicas) como cerradas” (secretas y de obtención por contrainteligencia y operaciones especiales). Respecto a las personas como “fuente” Segado aclaró que se trata de personas que en su plena facultad de decidir dan información, y mostró el RC16-1, Reglamento de Inteligencia Táctica del Ejército del año ‘77, donde se define la tarea de Reunión como “actividad de ejecución” consistente en la “explotación sistemática de las fuentes de información” para elevar material a los Comandos o Técnicos de Inteligencia. “Esto define la tarea que realizan las Secciones o Compañías de ejecución”, señaló la especialista, y como ejemplo citó  de “Ejecución de Blancos” donde regula las operaciones sobre personas concretas o grupos previamente seguidos por la CI o localizados fugazmente. Destaca aquí la existencia de un canal de Comando, definido por la estructura operacional, y un canal Técnico, entendido como la circulación de órdenes hacia abajo y de acciones hacia arriba en la estructura vertical castrense.

En cuanto al Procesamiento de la información se entiende como tareas de análisis e interpretación para trabajar diversas hipótesis, y especialmente un sistema de valoración de la confiabilidad de las fuentes expresado en un sistema de doble chequeo de fuentes asentado en siglas descendentes, desde A2, muy confiable y donde las fuentes coinciden, hacia abajo. La Interpretación y Elaboración de Inteligencia sería la creación del producto real de Inteligencia realizada por analistas que generan elementos de base para realizar operaciones. En este caso los analistas son cuadros ocupados tanto personal de la oficialidad de las Fuerzas Armadas como Personal Civil de Inteligencia (PCI), regidos por la Ley 17.112 del ’67 de estatuto del personal de Inteligencia, que operaban de manera secreta y con apodos. Finalmente la Difusión implica la creación y emisión de documentos de inteligencia a los distintas dependencias, incluidos informes de interrogatorios a detenidos.

La testigo Segado explicó luego que existen distintos Niveles de Inteligencia definidos como Estratégica Nacional, referida a la política de estado y actos de gobierno y conducida por la CNI; Estratégica Militar, sobre los planes estratégicos militares y a cargo del Estado Mayor Conjunto del Ejército o de los jefes de las fuerzas; Estratégica Operacional, para la acción concreta sobre “blancos” realizada por las Unidades de Inteligencia (Batallón 601 –dependiente del jefe del Ejército-, los Destacamentos a su cargo y las Secciones de otros agrupamiento de Ejército como Regimiento, Batallones, etc); y una Inteligencia Táctica de Apoyo, referida a capacidades y debilidades del “enemigo”, de aplicación inmediata (según el reglamento RC16-5 de febrero del ’77 “en base a información obtenida de prisioneros delincuentes subversivos”) y realizada por un grupo llamado Sección de Operaciones Especiales que revistaba directamente a los mandos superiores y realizaba la Contrainteligencia.  

Segado aclaró que la tarea de operaciones además de la creación de inteligencia y “ejecución de blancos” incluía la Acción Psicológica, entendida como tareas de propaganda para lograr la adhesión de la población a los objeticos de las Fuerzas Armadas y “alentar la deserción en las organizaciones del oponente” denominadas aquí como “Bandas de Delincuentes Subversivos Marxistas (BDSM)”. 





EL DESTACAMENTO 101

Para lo que interesa a este debate la especialista explicó el organigrama del Destacamento de Inteligencia 101, que operaba a nivel de Inteligencia Estratégica Operacional como dependencia directa del Comando del 1er Cuerpo de Ejército, y tenía a cargo las tareas de inteligencia en toda la Subzona 11. A pesar de que el libro histórico la faltaba información de los años ’76 y ’77, se puede reconstruir que el Destacamento, conducido en los años ’75-’76 por los coroneles Ricargo Eugenio Campoamor y Alejandro Arias Duval y  el mayor Ricardo Alberto Ducros, contaba con 4 oficiales jefes, 6 oficiales subalternos, 19 suboficiales y 41 soldados conscriptos. Un total de 70 represores de personal militar, al que se sumaban 122 agentes que revistaban como Personal Civil. El destacamento tenía en los puestos clave de conducción entre el ’76 y el ‘78 a varios de los imputados en este debate como Carlos Hidalgo Garzón, Emilio Herrero Anzorena, Roberto Balmaceda, Alberto Julio Candioti, Miguel Ángel Amigo (apartado del juicio por razones de salud), Gustavo Adolfo Cacivio (fallecido recientemente), y Ricardo Luis Von Kyaw (fallecido en 2017). Segado destacó que en el libro histórico, no casualmente, faltan los listados de personal del Destacamento desde la suboficialidad hacia abajo, hasta el de PCI.

El dato no es menor porque las imputaciones en la instrucción de estas causas se han hecho tardíamente y a partir de la aparición y cotejo de estos documentos, por ejemplo el informe que realizó el Programa verdad y Justicia del Ministerio de Justicia y DDHH de Nación en 2009. Eso quiere decir que muchos integrantes del Destacamento 101, tanto suboficiales como personal civil, aún siguen indemnes por falta de documentación de respaldo para imputarles delitos que no prescriben y a los cuales el Estado está obligado a investigar y condenar. Por omisiones, muertes impunes y desidias varias, en este debate, 3 causas unificadas, hay imputaciones a sólo 12 represores del 101 sobre ese plantel de no menos de 122 genocidas. Todos esos efectivos realizaban un curso de Aptitud Especial de Inteligencia (AEI) donde se los instruía en las diversas técnicas de la actividad.

Segado explicó que el Destacamento 101 dependía orgánicamente del Comando del 1er Cuerpo, técnicamente de la Jefatura 2 de Inteligencia del Esta Mayor General y operacionalmente dela Brigada Mecanizada 10, con sede en diagonal 80 entre 41 y 41 de La Plata. Como agrupación de tropa el órgano era equivalente a un Batallón y contaba con varias secciones, entre ellas 

La Plana Mayor, conducida por el 2do jefe del Destacamento, tenía un área S1 de Personal, entre cuyas tareas estaba ocuparse de los prisioneros, un área S2 propiamente de Inteligencia, una S3 de Operaciones y otra S4 de Logística. El área de Reunión Interior recababa información en la subzona 11, y la de Reunión Exterior hacía lo mismo fuera de la zona militar de responsabilidad del 1er Cuerpo. A su vez existía una Central de Reunión (CRI) con 2 Secciones a su cargo que “ejecutaban blancos” en coordinación con el Comando de Operaciones Tácticas (COT), más una Sección de Apoyo que realizaba interrogatorios y otras tareas de interpretación de información, una Sección de Comandos y Servicios, encargada de comunicaciones, armas y vehículos, y una de Operaciones Especiales. Según el reglamento RC 9-1, esta Sección de Operaciones Especiales realizaba operaciones (allanamientos, emboscadas, patrullajes), interrogatorios, infiltraciones y acciones psicológicas, y estaba encargada de la Contrainteligencia, es decir tareas de “seguridad” y control sobre la propia fuerza.

Según los reglamentos RC 5-1 y RC 5-2 define a la acción psicológica como tareas para influir en las conductas de la población de acuerdo a los objetivos militares a través de propaganda en los medios de comunicación, pero también la utilización de “métodos compulsivos”, como se denominaba al interrogatorio y la tortura. El anexo 5 de la Orden 9/77 habla de la acción psicológica en fases y reconocía la creación de un “Sistema Nacional de Comunicación Social para la lucha contra la subversión” a cargo de la SIDE que influyera tanto en la población local como en “públicos internacionales”. La planificación del genocidio no dejaba ningún flanco sin cubrir y otorgó especial dedicación a la propaganda y el manejo de la opinión pública en busca del consenso para la represión.


La importancia estratégica de la inteligencia militar para implementar el genocidio fue reconocida por los propios jerarcas del poder asesino. En una entrevista realizada en mayo de 2003 en Círculo Militar por la periodista francesa Marie Monique Robin el general Ramón Genaro Díaz Bessone, Comandante del Comando del 2do Cuerpo de Ejército e ideólogo del Terrorismo de Estado condenado a perpetua en 2012 en un juicio realizado en Rosario, reconoció que “la lección más importante de los franceses fue la necesidad de un buen aparato de Inteligencia”, a lo que agregó que en el genocidio “todas las fuerzas participaron, sin excepción”. El testimonio forma parte de la película-libro “Los escuadrones de la Muerte. La Escuela Francesa” en el que Robin consigue confesiones nunca antes dichas con tanta claridad por jerarcas como Díaz Bessone o Albano Harguindeguy, que quizás creyeron que lo dicho a una periodista francesa casi 30 años después del golpe genocida y en vigencia de las leyes de impunidad no tendría mayores consecuencias.

La exposición de Stella Segado viene a confirmar con datos certeros lo que significó toda la estructura de Inteligencia en la implementación del plan genocida, un andamiaje de miles de efectivos que en su mayoría han quedado impunes.





MUCHO POR JUZGAR

En el proceso de juzgamiento de los crímenes del genocidio ocurrido en nuestro país en la jurisdicción La Plata la estructura represiva militar y en particular la de inteligencia militar ha tenido una representación dispar. En 20 juicios llegados a sentencia desde 2006 sólo 19 represores del Ejército fueron juzgados y 18 condenados. En 2012 fueron juzgados el Coronel Campos, aunque en su rol de subjefe de la Policía bonaerense, y el Coronel Alejandro Arias Duval, jefe del Destacamento 101 de Inteligencia, en este último caso sin imputaciones sobre ningún subordinado y el jefe murió antes de que el juicio llegara al veredicto.  Recién en 2014 en la sentencia por el CCD “La Cacha” se juzgó y condenó a 12 integrantes del plantel del 101y se comenzó a revisar el rol de la inteligencia militar en el Área represiva 113. Hubo que esperar hasta 2019 en la causa “Rodriguez-Jaimez” para desentrañar el rol del Batallón 601 de Comunicaciones de City Bell en un operativo producido en Berazategui donde fueron condenados el subjefe del Batallón y tres oficiales de esa dependencia. En 2020 se condenó en el debate por la Brigada de Investigaciones de San Justo a prácticamente el mismo grupo de represores del Destacamento 101 enjuiciado en 2014, y esta vez se sumó al subjefe del área 114, Rodolfo Enrique Godoy. Fue la primera vez en 14 años de juicios que se condenó a un elemento militar de mando importante de la estructura represiva Finalmente en el debate por las Brigada de Banfield, Quilmes y Lanús-Avellaneda se incluyen imputaciones sobre el grupo de oficiales del 101, sumando al segundo jefe del destacamento, Antonio Herminio Simón, al jefe de actividades psicológicas del 101, Guillermo Alberto Dominguez Matheu, y al represor Alberto Julio Candioti, integrante de la Plana Mayor del destacamento desde la Sección Comando y Servicio, que venía zafando de los procesos anteriores por haber estado el prófugo durante un tiempo. Un total de 12 represores del Ejército, sólo 2 de ellos juzgados por primera vez.

La muerte impune de los represores por la tardanza del Estado en llevarlos a juicio, la variabilidad de las imputaciones entre una causa y otra, y un escurridizo criterio asignación de responsabilidades, cuando los períodos revisados están claros en los organigramas castrenses y en los legajos de los represores, han determinado que la mayoría de los genocidas del ámbito de Inteligencia del Ejército queden impunes en la estructura represiva de la Subzona 11, que abarcaba los hechos criminales cometidos en los CCD de los partidos de La Plata, Lomas de Zamora, Quilmes, Lanús, Avellaneda y otros 20 partidos del conurbano sur.

Aún queda mucho por revisar y juzgar en lo referido a la inteligencia militar en nuestra zona. Ni hablar de las responsabilidades de la inteligencia policial desde la Dippba, donde toda la estructura sigue indemne y donde hay una causa específica en los tribunales platenses que lleva años de instrucción sin consecuencias concretas.


El juicio continúa el 9 de febrero con el testimonio de la periodista Stella Calloni sobre el Plan Cóndor. Se puede seguir en vivo todos los martes por la mañana por los canales youtube del CIJ y del Tribunal Oral Federal 1 de La Plata.

AUDIENCIA 37 DEL JUICIO POZO DE BANFIELD, POZO DE QUILMES E “INFIERNO”

FUENTE: DIARIO CONTEXTO - Ago 24, 2021 E l secuestro y desaparición de Ricardo Darío Chidichimo, por entonces meteorólogo recibido e...